Este lunes 24 de septiembre fue detenido en su domicilio de calle Junín 1452, piso 3ro, dpto. 2 de la Capital Federal el Mayor del Ejército Jorge Luis Toccalino, quien desempeñó su cargo en la ciudad de Necochea durante la última dictadura cívico-militar y fue detenido por torturas y persecuciones en los Centros Clandestinos de Detención que funcionaron en las dependencias policiales pertenecientes a la Sub Comisaría de Villa Díaz Vélez y la Comisaría Primera de Necochea, y la Comisaría Cuarta de Mar del Plata. El detenido era una de las autoridades máximas del sistema represivo que funcionó en Necochea y numerosos testimonios brindados en el Juicio por la Verdad refirieron que Toccalino participaba personalmente como líder de las patotas en los operativos de secuestro, robaba y destrozaba los hogares de sus víctimas, y se encargaba de los traslados de las personas secuestradas y detenidas ilegalmente a los centros clandestinos de detención que funcionaron en las comisarías de Necochea efectuando traslados también a la Seccional cuarta de “la feliz”.
Se trata de la segunda detención que se produce en el marco de la causa nro. 92 “ Av. Delitos de acción pública” que tramita en el Juzgado Federal de primera instancia, Secretaría en lo Criminal y Correccional, de Necochea. En esta denuncia penal presentada el 27 de noviembre del 2006 por los Organismos de Derechos Humanos de la ciudad de Necochea y Mar del Plata con el patrocinio del Dr. Cesar Sivo, y la Secretaría de Derechos Humanos de la Pcia. de Bs. As., se investiga la comisión de delitos de lesa humanidad cometidos en los Centros Clandestinos de Detención que funcionaron en las dependencias policiales pertenecientes a la Sub Comisaría de Villa Díez Vélez y la Comisaría Primera de Necochea, y la Comisaría Cuarta de Mar del Plata.
La Juez Federal Dra. Torterolla consideró en su resolución que “Que de las constancias obrantes en autos, específicamente: denuncia incoada por los Organismos de Derechos Humanos a fs. 1/75 y 91/210; requerimiento Fiscal de fs. 238/263 vta; las declaraciones vertidas en el marco de la causa Nro. 890 del Tribunal Oral Federal, caratulada “Colegio de Abogados de Mar del Plata y otros s/ denuncia Desaparición Forzada de Personas” y obrante en los legajos de prueba Nro. 5, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 18, 21; declaración testimonial de fs. 404/415; denuncia de fs. 410/11, informe brindado por el Ministerio de Defensa de la Nación obrante a fs. 652/94 y acta de declaración ante la CONADEP de fs. 1189/1194; de lo que surgen motivos bastantes para sospechar que Jorge Luis Toccalino, Mayor del Ejército, en su calidad de funcionario público, privó, con abuso de sus funciones, mediante violencia, de modo ilegítimo de la libertad personal a: Antonio Povilaitis, Martín Garamendy, Mario De Francisco, Omar Basave, Oscar Cornelio Aramburu, Marcela Aramburu, Pedro Azcoiti, Oscar Aníbal Del Prado, Luis Rafaghelli; Fulgencio Díaz, Ricardo Povilaitis y Daniel Fuentes (doce hechos en concurso real); e impuso tormentos a perseguidos políticos, específicamente a Antonio Povilaitis, Martín Garamendy, Mario De Francisco, Omar Basave, Marcela Aramburu, Pedro Azcoiti, Oscar Aníbal Del Prado, Luis Rafaghelli, Fulgencio Díaz, Ricardo Povilaitis (diez hechos en concurso real), y tomó parte de una asociación de tres o más personas destinada a cometer delitos, los que constituyen los delitos de: privación ilegítima de la libertad, agravado por su calidad de funcionario público y mediar violencia (art. 144 bis inc. 1ro, en función del art. 142 inc. 1 del C.P., según ley Nro. 14. 616) en doce hechos en concurso real; imposición de tormentos a presos agravado por ser perseguidos políticos (art. 144 ter. del C.P., según ley 14.616) en diez hechos en concurso real; y asociación ilícita (art. 210, conforme ley 20.642), concursando los dos primeros en forma material. Que, por ello, existiendo mérito para recibirle indagatoria, y atento las penas previstas para estos delitos como su concurrencia material -por lo que debe descartarse 1er. párrafo del art. 282 del C.P.P.N.-, ordénese la detención del nombrado, imputándose “prima facie” las conductas supra referidas, sin perjuicio de las posteriores imputaciones que podrían surgir de los hechos aquí investigados.”
Toccalino prestó declaración indagatoria este martes 25 de septiembre. Será trasladado desde la ciudad de Bs. As. por móviles militares con amplia custodia de la policía federal.
Para mayor información:
– Dr. Cesar Sivo 155-302499
– Dra. María Inés Germino 02262- 15411009
– Carlos Diaz – Comisión por la Memoria de Necochea 155-233863