Todo preso es político

Cárceles, pandemia y fake news: la peligrosa banalidad de un debate amañado que frenó una decisión urgente.

En memoria de Roberto Bergalli

En la noche del 30 de abril pasado, las cacerolas sonaron furiosas desde los balcones y casas de la ciudad de Buenos Aires. Una ciudad que, de paso, parece haber olvidado su condición de ciudad capital federal de todos los argentinos y, sin preocuparse por la salud de la totalidad de la población del país, opina a fuerza de ruidos estridentes. Estos chillidos de la fricción entre el acero inoxidable y la lata volvió más profundo al silencio posterior al momento de los aplausos que habitualmente a las nueve en punto, se dedican a los trabajadores de la salud. El motivo es el repudio a los dirigentes políticos por una eventual liberación masiva de presos, según lo planteado desde las usinas de la concentración mediática. La acción concertada desde los balcones porteños -con miles de cacerolas y ninguna flor- apuntó sus cañones a la política y a los jueces, es decir, a los tres poderes constitucionales del país, el ejecutivo y el legislativo, por un lado, y el judicial, por el otro. A unos les define los contornos de la agenda; a los otros, les recuerda los límites de su condición histórica. Así, se manifiesta la persistencia del seguidismo vacío de un sector de la población de la política de los grandes medios, otra vez bajo la forma de reclamo de seguridad y con eco de la plaza de Blumberg.

La situación carcelaria, en la actual pandemia del COVID 19, es un grave problema presente a nivel mundial. La natural concentración de población, el hacinamiento patológico real, la connivencia necesaria y diaria entre presos, penitenciarios, médicos, enfermeros y policías, en lugares cerrados y con sitios sin ventilación, en condiciones de reproducción fácil de cualquier virus, así como la llegada periódica de familiares, llevó a mucho países ha tomar diferentes medidas de prevención de la peste. La cuestión no se plantea sólo en Argentina, sino que ha merecido, por su gravedad, recomendaciones de alerta de organismos internacionales de Naciones Unidas y del Sistema Interamericano de derechos humanos. Muchas naciones, entre ellas Brasil, Estados Unidos, Italia, Irán, México y Reino Unido, han autorizado la liberación temprana, temporal o la detención domiciliaria de algunos reos. (Ver el sitio de noticias: https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-52496655)

El sitio Infobae informaba, el 9 de marzo pasado, sobre los motines por el coronavirus en las cárceles italianas, con al menos 6 muertos y protestas en 27 penitenciarias. El Gobierno sancionó el decreto «Cura Italia (Cuida Italia)”, y dispuso la puesta situación de arresto domiciliario para aquellos reclusos a los que les queden menos de 18 meses para concluir su condena. Se calcula de 5000 a 6000 personas presas. En México se sancionó una Ley de Amnistía que permite al gobierno federal, con la intervención de un juez dar un “perdón” a quienes hayan cometido un delito no grave para que puedan salir de prisión o no sean privados de la libertad.

Nuestro país, entre la realidad y las ilusiones políticas

El informe «Contextos de encierro en Argentina: derechos y garantías procesales, una lectura en perspectiva temporal 2013/2019», presentado por la Universidad Nacional de Tres de Febrero (UNTREF), por medio del Centro de Estudios Latinoamericanos sobre Inseguridad y Violencia (CELIV), nos proporciona datos. La población de las unidades penitenciarias federales: 12.743 (Capacidad según SPF: 12.694) al 23/04/20. Dentro del Sistema Penitenciario Federal y Bonaerense hay 63.094 personas privadas de su libertad, que representan el 69% del país. El 50% tenía 30 años o menos cuando lo/la detuvieron; el 42% cursó estudios hasta la primaria, y el 76% estaba trabajando el mes previo a la detención. El 72% de las personas que ingresaron a la cárcel en los últimos 16 meses lo hicieron por delitos patrimoniales o vinculados a las drogas Según Zaffaroni, en diciembre la Provincia de Buenos Aires tenía 51.135 presos para 24.200 plazas en sus cárceles; 45.000 en cárceles y alcaldías, 4.100 en comisarías y 1.900 con monitoreo electrónico. Según Mario Juliano, para fines de 2018 (última estadística oficial disponible) en la República Argentina teníamos unas 103.000 personas privadas de la libertad y 308 centros de alojamiento (sin contar comisarías), de las cuales, prácticamente la mitad de la población carcelaria, se encontraba bajo el régimen de la prisión preventiva, sin que se haya realizado un juicio que determine su culpabilidad (Ver sitio Infobae del 09/11/2019). Estamos, entonces, hablando de una minoría en la sociedad -como ocurre siempre en todas las sociedades-, pero eso no le quita importancia, al contrario, se trata de un sector en situación de gran debilidad, que además, tiene vínculos -presentes, futuros y pasados- con amplios sectores de la población extramuros, con el cual además, existen deberes y obligaciones por parte de la sociedad para cumplir a su respecto.

En nuestro país hay que decidir qué hacer. Dejar las cosas cómo están es una manera de intervenir, tal vez, la peor de las políticas posibles. Lo primero para señalar es que la responsabilidad principal es de los jueces a cargo de los procesos judiciales (en instancias de instrucción, juicio y ejecución penal), en donde se han dictado las medidas de encierro sobre las personas alojadas en los centros penitenciarios. Los diferentes tribunales de alta jerarquía se han pronunciado, como la Cámara Federal de Casación Penal cuando, en su Acordada 9/2020 del 13 de abril de 2020, consideró la doble situación de emergencia actual: la sanitaria, declarada por la pandemia del coronavirus, y la producida por el hacinamiento general que se registra en las cárceles federales “fruto del hiperencarcelamiento”. Esa acordada fue dictada con el objetivo de reducir la población carcelaria “…a fin de inhibir, en la mayor medida posible, el riesgo existente para la salud e integridad física de las personas privadas de su libertad y también del propio personal penitenciario”, frente al COVID-19. Los jueces de Cámara recomendaron a los tribunales inferiores medidas alternativas a la cárcel, como la prisión domiciliaria, que prevé medidas de control y monitoreo, respecto de personas que se encuentren con prisión preventiva por “…delitos de escasa lesividad o no violentos, o que no representen un riesgo procesal significativo, o cuando la duración de la detención cautelar haya superado ostensiblemente los plazos previstos en la Ley 24390, en relación a los hechos imputados y tomando en cuenta las características de cada proceso”. Esta medida también es extensiva a personas condenadas por delitos no violentos que estén próximas a cumplir la pena impuesta, así como a aquellas condenadas a penas de hasta 3 años de prisión y a personas en condiciones legales de acceder en forma inminente al régimen de libertad asistida, salidas transitorias o libertad condicional (siempre que cumplan con los demás requisitos).

También, los jueces de la Cámara recomendaron la prisión domiciliaria a personas que están comprendidas en grupos sociales débiles o en situación de vulnerabilidad: mujeres embarazadas y/o detenidas con sus hijos/as; a personas con mayor riesgo para la salud, como adultos mayores, personas con discapacidad que puedan estar expuestas a un mayor riesgo de complicaciones graves a causa del COVID-19, y a personas inmuno deprimidas o con condiciones crónicas como enfermedades coronarias, diabetes, enfermedad pulmonar y VIH. En cada caso, en cada proceso, cada juez a cargo, indicó la Cámara, deberá “…determinar si es posible proteger su salud si permanecen detenidas y considerar factores como el tiempo de pena cumplido y la gravedad del delito o la existencia de riesgos procesales y el plazo de la detención, para los procesados”.

El criterio seguido es el que había adelantado Raúl E. Zaffaroni hace unas semanas atrás (ver sitio de La Tecla Ñ), cuando señaló que ante la situación catastrófica de las cárceles, la responsabilidad es de los jueces. Ha habido muchas decisiones de los jueces a lo largo del país, en esa dirección. Para citar solo una de ellas, en relación a una mujer trans condenada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización a la pena de cuatro años de prisión, próxima a obtener la libertad condicional.: “[E]l hiperencarcelamiento que repercute –entre otros tantos extremos- particularmente en la salud de la población, plantea la imperiosa necesidad de despoblar, esto es, liberar la mayor cantidad de privados de libertad -comenzando racional y ordenadamente por los inocentes, las madres al cuidado de hijos, los que purgan penas leves, los más vulnerables físicamente, con criterio restrictivo frente a atentados graves y [con] especial consideración de la víctima- antes de que el COVID-19 desate una masacre en la infraestructura precaria de los establecimientos y haya de lamentarse el costo de innumerables vidas. La privación de la libertad nunca puede entrañar privación de la salud, mucho menos de la existencia… En definitiva, se transita el trágico escenario de la emergencia dentro de la emergencia, con derivaciones que deben adoptarse de inmediato por imperio de la responsabilidad judicial que dimana del art. 18 constitucional” (Cámara Federal de Casación Penal, Sala II “PPN”, del 24/4/2020).

Como dice La Garganta Poderosa respecto de la primer muerte por coronavirus en la Villa 31 de Capital Federal: no se murió, la mataron de abandono.

En definitiva, lo que ocurre es que la población también percibe la importancia de definirse porque el problema es una manifestación de una cuestión de fondo. La disputa constante y persistente entre dos proyectos de país: elitista o democrático, excluyente o inclusivo, promotor de una política soberana y justa, o subordinada y socialmente desigual. Un proyecto de nación o sobrevivir con un orden dependiente, semicolonial, con una economía de baja intensidad y crisis social permanente, Justamente, esta disyuntiva se manifiesta con nitidez cuando entra en escena un gobierno que no responde directamente a los intereses conservadores, ante el cual reaccionan las elites. Lo cual ocurre porque cualquier acontecimiento social es permeable por ese conflicto principal.

Se suele decir que el Coronavirus no distingue clases sociales ni países, pero, como dice Ignacio Ramonet: «La covid-19 no distingue, es cierto, pero las sociedades desigualitarias sí. Porque, cuando la salud es una mercancía, los grupos sociales pobres, discriminados, marginalizados, explotados quedan mucho más expuestos a la infección.»

La misma lógica mecánica que protesta por una fantasiosa liberación masiva de presos, es la que lleva a despreciar las vidas de cualquier otro grupos social más débil, como lo ha hecho, cada vez que pudo, con el bienestar de las mayorías populares y la autodeterminación nacional del país. Esta lógica persiste pesadamente en importantes sectores de la población y pretende arrastrar a quien sea en su declinación intelectual, ética y social, además de no admitir debates ni diferencias, en los cuales podría ponerse en crisis todo su visión autodenigratoria de la vida y del país. Como decía Jauretche en 1933 en su poema sobre la rebelión yrigoyenista que protagonizó en Paso de los Libres, parece que todo lo dicho es para nada, porque a la gente azonzada no la curan los consejos, cuando muere el zonzo viejo queda la zonza preñada.

Aquellos jueces, de distintas instancias y lugares, con conciencia del momento actual que vivimos, tienen la posibilidad de pronunciarse a favor de un sistema penal más humano, como manda el artículo 18 de la Constitución Nacional, cuando dice que las cárceles serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice. De paso, recordamos la reforma constitucional de 1949, que, en el valioso artículo 29 que incorporaba garantías judiciales para las personas como el Hábeas Corpus, mantuvo esa redacción y agregó que serán adecuadas para la reeducación social de los detenidos en ellas, y extendía la responsabilidad a cualquier funcionario. Esto, iba de acuerdo a la política penitenciaria humanista y racional, del injustamente olvidado Roberto Pettinato.

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