Dossier de la Causa “Brandalisis”

El 27 de mayo comenzó en Córdoba el primer juicio oral y público que juzgarça el accionar represivo que impusieron en esta provincia, el General Menéndez y su patota durante la última dictadura.

A lo largo de las audiencias podremos conocer la complejidad del terrorismo de Estado que ejecutaron los represores, tanto a nivel nacional, regional y local. Si bien los hechos a juzgar ocurrieron en Córdoba durante el año 1977, estuvieron enmarcados en un plan sistemático, diseñado y coordinado por los altos mandos militares. El territorio nacional fue dividido en zonas y sub zonas, quedando Córdoba, junto a otras nueve provincias, dentro de la zona 3, cuya máxima autoridad fue Menéndez.

Todos estos aspectos estarán presentes en las pruebas documentales y testimoniales que se presentarán, hasta llegar puntualmente al centro clandestino de detención, La Perla, donde estuvieron cautivos y fueron torturados Hilda Flora Palacios, Humberto Horacio Brandalisis, Carlos Laja y Raúl Cardozo.

De este modo quedará en evidencia el “Circuito de Terror” que utilizaban los militares: secuestros, privaciones de la libertad en los centros clandestinos, aplicación de tormentos, fusilamientos de las víctimas y finalmente enterramientos clandestinos de los cuerpos.

Esta causa, caratulada en la justicia como “LUCIANO BENJAMIN MENENDEZ Y OTROS p.s.a Homicidio Agravado” fue la primera que, luego de muchos años, volvió a investigar el accionar represivo en Córdoba y poner en prisión a sus responsables. Los militares se propusieron “Aniquilar la Subversión” para lo cual llevaron adelante un plan sistemático y generalizado de exterminio a la oposición política. Un genocidio.

Al no estar contemplada la figura del genocidio en el Código Penal Argentino, para no violar de ninguna manera el derecho de defensa de los genocidas, debemos imputarlos por los delitos que sí están tipificados.

En este marco, esta causa investiga el secuestro, la desaparición, la tortura y el asesinato de Hilda Flora Palacios, Humberto Horacio Brandalisis, Carlos Enrique Laja y Raúl Oscar Cardozo.

Acusamos a Menéndez y a su patota de:
– Privación Ilegitima de la Libertad
– Aplicación de Tormentos
– Homicidio

Desde H.I.J.O.S. y Familiares representamos como querellantes a Valeria y Soledad Chávez, hijas de Hilda Flora Palacios.

Los Hechos que se investigan:

Lo que dijo la prensa:

En la edición de 19 de diciembre de 1977 del diario Córdoba figura una noticia titulada «Subversivos abatidos» donde se relata que: «…los subversivos viajaban en un Torino sin chapa patente, que abrió fuego contra los integrantes de la patrulla de las fuerzas de seguridad en la intersección de Sagrada Flia. y Ejército Argentino el jueves por la noche del día 15/12/77. Se originó un tiroteo que epilogó con el abatimiento de los sediciosos, tres hombres y una mujer«. Esta fue la “verdad” que publicaban los genocidas y sus cómplices durante el terrorismo de estado. Sin embargo, la verdad es muy otra.

La verdad de los hechos

En la mañana del 6 de noviembre de 1977 Hilda Flora
Palacios junto a sus dos pequeñas hijas, Valeria y Soledad y en compañía de Humberto Horacio Brandalisis, salen de su domicilio de barrio Ampliación Pilar para pasar el día en la casa de un matrimonio de amigos en barrio José Ignacio Díaz 1º Sección de la ciudad de Córdoba. Al llegar al lugar Brandalisis se retira prometiendo regresar para el almuerzo, sin embargo, a poco de abandonar la casa fue secuestrado por miembros del Grupo de Operaciones Especiales del Destacamento 141 “Gral. Iribarren”.

Pasada la hora del almuerzo Hilda Flora comienza a inquietarse ante la demora de Brandalisis que no regresaba. Alrededor de las 10 de la noche sus amigos deciden llevar en su propio auto a Hilda y sus hijas hasta su domicilio de calle Chivilcoy. De este modo, salieron Hilda Flora con sus hijas junto al sus amigos y los tres hijos de estos, todo en el mismo auto.

El mismo grupo de tareas que horas antes había secuestrado a Brandalisis se encontraba dentro del domicilio de Hilda Flora aguardando su regreso. Agentes uniformados y de civil fuertemente armados interceptan el coche cuando llegan.

En ese escenario de terror, frente a los gritos y amenazas del personal militar y civil y el asombro y estupor de las víctimas y otros vecinos, Hilda Flora Palacios es arrastrada hacia el interior de su casa donde la interrogan al mismo tiempo que el matrimonio es sacado violentamente de su vehículo. Los cinco niños presentes quedan llorando aterrorizados en el interior del automóvil. (Como dijimos, dos de esas niñas, Valeria y Soledad – hijas de Hilda Flora-, hoy son quienes, junto a H.I.J.O.S. y familiares, impulsan la querella de la causa).

Posteriormente, (ya secuestrados y privados ilegítimamente de su libertad) sacan a Hilda Flora Palacios y la introducen en uno de los vehículos que participaba del operativo. A los otros los obligan a permanecer en el auto en que venían. Uno de los uniformados a cargo del operativo se sienta en el lugar del acompañante intimidando con un arma de fuego.

El uniformado le ordenó dirigirse a la casa de sus suegros en el barrio Corral de Palos, en donde fueron dejados los cinco niños. Por detrás de ellos se conducían los otros vehículos del operativo, en uno de los cuales era trasladada Hilda Flora Palacios.

Luego de dejar a los niños, mientras Hilda Flora Palacios continuaba en el otro vehículo fuertemente custodiada, meten encapuchados al matrimonio de amigos en la parte trasera de su auto donde son obligados a tirarse al piso. Desde allí son llevados por sus secuestradores al centro clandestino de detención y exterminio (CCDyE) “La Perla”, dependencia militar que funcionaba en el ámbito del Tercer Cuerpo de Ejercito bajo la directa subordinación de quien comandaba esa fuerza y el área 311: el genocida Luciano Benjamín Menéndez.

Ya en “La Perla” el matrimonio habría sido liberado, luego de que ambos fueran interrogados sobre su relación con Palacios.

Por su parte Hilda Flora fue sometida desde su ingreso a todo tipo de torturas físicas y psíquicas, a los efectos de obtener la mayor cantidad de información relacionada con su militancia en la organización política conocida como Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT). A partir de entonces, y durante todo su cautiverio, fue sometida a condiciones infrahumanas de sobrevida, tales como ser identificada por un número, permanecer todo el tiempo con una venda sobre sus ojos, incomunicada, acostada en el piso sobre colchones de paja en “La Cuadra” (sitio dentro de La Perla donde eran alojados los detenidos-desaparecidos), escuchando los gritos del resto de los detenidos que eran sometidos a torturas, y con total incertidumbre sobre cual sería su destino.

Hilda Flora Palacios padeció estas condiciones durante 38 días, hasta la madrugada que va del 14 al 15 de diciembre, cuando fue retirada por el personal de “La Perla” junto con su pareja, Humberto Horacio Brandalisis y sus compañeros de militancia Carlos Enrique Lajas y Raúl Osvaldo Cardozo que también se encontraban alojados en el Centro Clandestino.

Al dejar “La Perla” los cuatro fueron asesinados en lo que los genocidas llamaban “Operativo Ventilador”, método que consistía en sacar los prisioneros vivos, fusilarlos y posteriormente arrojarlos en la vía pública simulando un enfrentamiento con las fuerzas represivas. Con estos “operativos” los genocidas a la vez que querían demostrar su eficacia en la “lucha sin cuartel contra la subversión”, buscaron propalar el terror a la sociedad toda.

En este caso, el asesinato se perpetuó en la intersección de las Avenidas Colón (en aquella época Ejercito Argentino) y Sagrada Familia, en las primeras horas del día 15 de diciembre de 1977. El operativo fue presentado a la prensa como si (los ya fusilados) se hubieran resistido a bordo de un automóvil marca Torino, en un control vehicular que efectuaran las fuerzas armadas y de seguridad.

La constatación de la muerte de Hilda Flora Palacios, por las heridas de arma de fuego que recibiera, quedó registrada en el acta de Defunción Nº 1493-Tomo 2º-Serie “C” -Año 1978. Posteriormente sus restos fueron llevados al Hospital Militar, de allí derivados a la Morgue Judicial, (donde ingresó con el Nº de orden 1184), permaneciendo allí casi ocho meses hasta su sepultura que se realizó clandestinamente el 3 de agosto de 1978 en la fosa individual Nº 326 Cuadro B, de la nueva sección del cementerio de San Vicente en la ciudad de Córdoba.

Ninguno de estos hechos fue comunicado a sus familiares pese a la presentación de Habeas Corpus. Por ello, Hilda Flora Palacios pasó a engrosar el listado de Desaparecidos durante 27 años. El enterramiento clandestino de cuerpos fue uno de los mecanismos utilizados por los militares para ocultar la evidencia más contundente de sus aberrantes delitos. En el marco de la causa “Enterramientos Clandestinos”, el Equipo Argentino de Antropología Forense lleva identificados 14 cuerpos que ya fueron entregados a sus familiares, el de Hilda Flora fue el quinto. El 11 de noviembre del año 2004 sus restos, después de 27 años fueron entregados a sus familiares.

Carlos Enrique Lajas

El 6 de noviembre del 77 Carlos se encontraba cuidando a su pequeño sobrino de seis meses, cuando la patota de “La Perla” ingresó violentamente al domicilio en el que estaban para secuestrarlo. Alrededor de las seis de la tarde, la madre del niño, hermana de Carlos, llega y encuentra la puerta de la casa abierta de par en par y a su hijo solo en un cochecito. Algunas horas después tres autos regresan a la casa de los Lajas para allanarla. Durante 20 minutos revisaron y revolvieron todo.

Desde ese día Carlos Enrique es sometido a cautiverio en el Centro Clandestino de Detención y Exterminio “La Perla” durante 38 días hasta que es asesinado en un simulacro de enfrentamiento «operativo ventilador» junto a Hilda Flora Palacios, Humberto Brandalisis y Raúl Cardozo.

Raúl Osvaldo Cardozo

El 8 de noviembre de 1977, alrededor de la medianoche, Raúl se encontraba descansando en la pensión donde vivía, cuando repentinamente un grupo de tareas irrumpió para secuestrarlo. Los militares le ordenaron a la dueña de la pensión que no saliera hasta que ellos se fueran.

El secuestro, desaparición, torturas y asesinato de estos cuatro compañeros formó parte de un mismo operativo llevado adelante por el grupo de operaciones especiales del Destacamento de Inteligencia 141 “Gral. Iribarren” que actuaba en “La Perla”. Palacios, Brandalisis, Lajas y Cardozo, que militaban en el Partido Revolucionario de los Trabajadores, fueron secuestrados con pocas horas de diferencia, permanecieron en el mismo Centro Clandestino, los fusilaron juntos, tienen la misma fecha de ingreso a la morgue judicial procedentes del Hospital Militar y luego fueron enterrados clandestinamente en el Cementerio de San Vicente de la ciudad de Córdoba. En esta causa queda evidenciada la sistematicidad del terrorismo de Estado y el circuito represivo por donde fueron trasladados la gran mayoría de los desaparecidos de Córdoba: secuestro de sus casas o de la vía pública, cautiverio en un Centro Clandestino de Detención donde se aplicaban innumerables tipos de torturas, luego traslado y asesinato, y finalmente enterramiento clandestino.

Nota: Todos los hechos narrados se encuentran debidamente acreditados con pruebas testimoniales, informativas y documentales.

Cargos con los que se imputan a estos genocidas:

Como autores materiales de los delitos de

Privación Ilegitima de la Libertad, Tormentos y Homicidio:

– 1- Menéndez, Luciano Benjamín:

Consta en su legajo personal que entre el 6 de noviembre de 1977 y el 15 de diciembre de 1977, época de los hechos que se acusan, era la máxima autoridad del área 311, con jurisdicción en esta ciudad de Córdoba en la denominada “lucha contra la subversión”.

– 2- Manzanelli, Luis Alberto:

Consta en su legajo personal que entre el 6 de noviembre de 1977 y el 15 de diciembre de 1977 (con excepción de los días que van del 22 de noviembre al 1º de diciembre de 1977) se desempeñaba como Sargento Ayudante en la Sección Tercera del Destacamento de Inteligencia 141 “Gral. Iribarren”, que funcionaba en el Campo de detención y Exterminio “La Perla”.

– 3- Díaz, Carlos Alberto:

Consta en su legajo personal que entre el 6 de noviembre de 1977 y el 15 de diciembre de 1977 se desempeñaba como Sargento Primero en la Sección Tercera del Destacamento de Inteligencia 141 “Gral. Iribarren”, que funcionaba en el Campo de detención y Exterminio “La Perla”.

– 4- Padován, Oreste Valentín:

Consta en su legajo personal que entre el 6 de noviembre de 1977 y el 15 de diciembre de 1977 se desempeñaba como Sargento Primero en la Sección Tercera del Destacamento de Inteligencia 141 “Gral. Iribarren”, que funcionaba en el Campo de detención y Exterminio La Perla.

– 5- Lardone, Ricardo Alberto Ramón:

Consta en su legajo personal que entre el 6 de noviembre de 1977 y el 15 de diciembre de 1977 se desempeñaba como Agente Secreto (con el nombre secreto de Rodolfo Anselmo Raúl Lacaba) del Destacamento de Inteligencia 141 “Gral. Iribarren”, desempeñando realmente sus tareas en el Campo de detención y Exterminio La Perla.

Imputados por los delitos de:

Privación ilegitima de la Libertad y aplicación de Tormentos.

– 6- Rodríguez, Hermes Oscar:

Consta en su legajo personal que al momento de los hechos cumplía el rol de Segundo Jefe del Destacamento de Inteligencia 141 “Gral. Iribarren” dentro de la estructura del Tercer Cuerpo de Ejército y del Área 311.

Su aporte para que se concrete el secuestro y la aplicación de tormentos a Hilda Flora, radica en que transmitió las órdenes provenientes del Jefe del Área 311 Luciano Benjamín Menéndez hacia sus subordinados y proveyó todos los medios necesarios para su cumplimiento.

– 7- Acosta, Jorge Exequiel:

Consta en su legajo personal que al momento de los hechos que se acusan se desempeñaba como Jefe del Grupo Operaciones Especiales Sección Tercera del Destacamento de Inteligencia 141 “Gral. Iribarren”, que operaba en el Campo de Concentración y Exterminio La Perla.

– 8- Vega, Carlos Alberto:

Si bien el día del Homicidio se encontraba en uso de su licencia anual ordinaria, surge de su legajo personal que mientras Hilda Flora fue Privación ilegitima de su libertad y se le aplicaban tormentos, Vega era Suboficial principal en el Grupo Operaciones Especiales Sección Tercera del Destacamento de Inteligencia “Gral. Iribarren”, que operaba en el Campo de Concentración Exterminio “La Perla”.

– 9- Centeno, Arturo Gumersindo:
Los 25 años en que la justicia estuvo ausente permitirán que su participación en estos delitos no se juzgue. Quedará absuelto por encontrarse fallecido.

– 10 – Lujan, Ricardo Andrés:

Los 25 años en que la justicia estuvo ausente permitirán que su participación en estos delitos no se juzgue. Quedará absuelto por encontrarse fallecido.

– 11 – Anadón, César Emilio:

Se suicidó en el año 2004 mientras cumplía arresto domiciliario en el marco de esta causa. Al igual que Centeno y Lujan quedará absuelto por encontrarse sin vida, pero en este caso, a la mora de la Justicia se suma su cobarde impunidad de no afrontar el proceso judicial.

Historia de Hilda Flora Palacios

Nació el 8 de octubre de 1951 en la ciudad de Santa Fe. Es la hija mayor del matrimonio de Oscar Gualberto Palacios e Hilda Beatriz Roberto. Fue a la escuela primaria Nº 25 Luis María Drago, la secundaria en el Colegio de las Hermanas Franciscanas donde obtiene el título de maestra de grado. Cursó tres años en la Escuela de Servicios Sociales de Santa Fe donde comenzó a participar en la agrupación ARES-TAR (Agrupación Resistencia Estudiantil Secundaria de la Tendencia Anti-imperialista Argentina), propuesta del P.R.T. para las universidades.

Por su militancia en el P.R.T. (Partido Revolucionario de los Trabajadores), fue detenida el 26 agosto de 1972 y luego liberada el 25 de mayo del ´73. Con su compañero Héctor Chávez tuvieron dos hijas: Valeria y Soledad. Héctor fue desaparecido el 26 marzo de 1976 en Capital Federal.

En mayo de 1977, Hilda llega a la ciudad de Córdoba acompañada por sus dos hijas y Humberto Horacio Brandalisis. El 6 de noviembre lo secuestran a Brandalisis y posteriormente, en horas de la noche Hilda Flora es secuestrada de su casa por miembros del III Cuerpo de Ejército. Ambos son trasladados al CCDyE “La Perla” donde permanecieron hasta el 15 de diciembre del 77, cuando son asesinados simulando un enfrentamiento en la vía pública.

Ingresó a la Morgue del Poder Judicial de la ciudad de Córdoba el 15 de diciembre de 1977, su acta de defunción dice que muere como consecuencia de “shock hemorrágico traumático causado por heridas de bala”. Sus restos fueron inhumados clandestinamente el 3 de agosto de 1978 en la fosa individual B 326 sector nuevo del Cementerio San Vicente. Su cuerpo fue exhumado e identificado por el EAAF en el marco de la causa “Enterramientos Clandestinos” y pudo ser entregado a la familia el 11 de noviembre del año 2004, 27 años después de su secuestro.

Recorrido de la Causa

Si bien los familiares de las víctimas acudieron a la justicia en el mismo 1977, año en que sucedieron estos hechos, la institución judicial recién comenzó a dar respuestas hace 6 años.

– Octubre 2002: la fiscal Federal Nº 3, Graciela López de Filoñuk comienza la investigación sobre el secuestro, torturas y asesinatos de Brandalisis, Palacios, Laja y Cardozo.
– Septiembre de 2003: A pedido de la Fiscalía, la jueza ordena las detenciones de los, entonces, 11 sospechosos.
– Junio 2004: Casi dos años después, el 10 de junio de 2004 la jueza dicta el procesamiento y prisión preventiva fundamentando su fallo en la firme presunción de la participación de los detenidos en los delitos.
– Agosto de 2004: La defensa de los militares plantea un recurso de apelación que es concedido por la jueza. Piden que se revierta el procesamiento y la prisión preventiva.
– Agosto de 2005: La Cámara resuelve denegar el planteo de los represores y respaldar el fallo de la jueza.
– La defensa presenta un recurso de Casación que la Cámara Federal se demora cinco meses en resolver.
– Febrero de 2006: Finalmente la Cámara Federal concede el recurso. La causa se va a la Cámara Nacional de Casación.
– Septiembre de 2007: La sala 3 de la Cámara Nacional de Casación entiende que el recurso de casación está mal concedido. La Causa vuelve a la Cámara Federal y de ahí al Juzgado el mismo 18 de Septiembre de 2007.
o A partir de este momento la defensa siguió presentando recursos (de queja y extraordinarios ante Casación y la Corte Suprema) pero los mismos no tienen efecto suspensivo, es decir la causa siguió avanzando para la elevación a juicio en el Juzgado de primera instancia.
– Noviembre de 2007: La Jueza corre vista a las partes para que acusen (paso previo a la elevación a juicio).
– Marzo de 2008: La Jueza eleva a juicio la causa.

Tiempos en cada instancia:

– Juzgado de primera Instancia Nº 3:
Desde octubre de 2002 hasta Agosto de 2004 y desde Noviembre de 2007 hasta Marzo de 2008.
– Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba:
Desde 11 de agosto de 2004 hasta febrero de 2006.
– Cámara Nacional de Casación Penal, sala 3:
Desde febrero de 2006 hasta 18 de noviembre de 2007.

Pasada la elevación se sorteó el Tribunal Oral que deberá abocarse a la causa. Finalmente recayó en el TOF1 integrado por Jaime Díaz Gavier, José Vicente Muscara y Carlos Otero Álvarez. En tanto los fiscales que acusarán durante el juicio serán tres: Maximiliano Hairaberian, Jorge Fabián Asis y Graciela López de Filoñuk.

Fuente H.I.J.O.S – Córdoba

Más información: http://www.eldiariodeljuicio.com.ar/

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