Chile y los secretos de una transición interminable: ¿Qué hay de cierto sobre el fin de la constitución pinochetista?

Por Causa Popular.- En un marco electoral, con serios cuestionamientos nacionales e internacionales al actual estado de derecho chileno y después de más de 15 años de una deliberada negociación entre la derecha y el gobierno de la Concertación, se termina de parir un acuerdo de reformas a la constitución creada por la dictadura y con ello han anunciado por cuarta vez que “la constitución de Pinochet ha llegado a su fin.” El presidente Ricardo lagos desde su gira en Australia se ufanó de semejante anuncio. Pero ¿ya no se había terminado la transición?. Lo cierto es, como bien dice el sociólogo chileno Tomas Moulian: “No se puede terminar algo que no se ha comenzado”. Pero la fraudulenta constitución pinochetista impuesta en 1980 no se valida o concluye con parches ni remedos. Aquí un detallado informe sobre el legado institucional que aún pervive en “la democracia blindada chilena” y las claves para pensar y construir un país democrático.

Como remate de una operación de largo alcance, que probablemente será publicitada como el fin de la transición, el Senado chileno concluyó los cambios más trascendentales introducidos a la Constitución impuesta en 1980 por el dictador Augusto Pinochet desde que se inició la “transición a la democracia” en marzo de 1990.

Tratándose de un acuerdo que culmina un proceso de quince años de negociaciones entre los dos bloques políticos con representación parlamentaria, el paquete de reformas se limita a corregir algunos de los aspectos más impresentables de la Constitución pinochetista, pero no avanza un solo milímetro en términos de legitimidad democrática y representación, toda vez que mantiene incólumes los mecanismos de exclusión de significativos sectores políticos y sociales, tales como el sistema electoral binominal y la inhabilidad de los dirigentes sindicales para optar a cargos parlamentarios.

En tal sentido, la derecha puede respirar tranquila, (y la Concertación también) pues si bien se remueven algunos de sus dilectos “equilibrios y contrapesos”, la derecha trasandina preservó su capacidad de veto en el sistema político chileno, aquel que le permite la mitad de la representación parlamentaria con un sólo un tercio de votación electoral, precisamente en virtud de la cual bloqueó la modificación del sistema electoral binominal, por sobre la opinión de la abrumadora mayoría de los chilenos.

La Constitución, elaborada por Jaime Guzmán y sus asesores fundamentalistas de derecha, que sobrevivió un cuarto de siglo y rigió los últimos 16 años de democracia formal, será rectificada solemnemente el 16 de agosto, en una sesión conjunta de las dos ramas legislativas.

Estos cambios constitucionales en esencia serán:

– El Presidente podrá remover a los jefes del Ejército, Fuerza Aérea, Marina y Carabineros solamente comunicando su decisión al Senado.

– Termina la figura de los senadores no elegidos, designados “a dedo” por el Ejército, la Marina, la Aviación, Carabineros, el Poder Judicial, etcétera, que actualmente conforman el 20% de la cámara alta de 50 miembros.

– El período presidencial se rebaja de 6 a 4 años, sin reelección.

– La edad para postular a la Presidencia se reduce a 35 años.

– El Consejo de Seguridad Nacional (Cosena), integrado por los jefes de las Fuerzas Armadas, queda como un simple órgano asesor del Presidente, sin los poderes supra presidenciales que detentaba hasta ahora.

– Se elimina la condición de senador vitalicio de los ex presidentes de la República, privilegio que Pinochet disfrutó hasta que tuvo que renunciar a su regreso de la prisión en Londres y que hoy sólo ostenta Eduardo Frei Ruiz Tagle, que gobernó el período 1994-2000.

Lagos y el fin de la transición

Aun cuando lamentó que las reformas constitucionales -aprobadas hace 15 días por el Congreso- no haya incluido la eliminación del sistema binominal, que pasaría a ser materia de ley orgánica constitucional, el Presidente Ricardo Lagos se mostró confiado en que el tema será modificado en un futuro próximo.

“Es bueno haber sacado ahora el sistema binominal de la Constitución, pero el país conoce cuál ha sido la posición del conglomerado que me eligió. La Concertación nació para decir “queremos eliminar el binominal”. Desgraciadamente todavía no ha sido posible, pero esperamos 15 años para sacar los enclaves autoritarios y espero no tener que esperar tanto para cambiar el sistema binominal”, afirmó en Australia.

Lagos explicó que ahora Chile tiene una Constitución “acorde con su tradición histórica y, lo más importante, un cuerpo constitucional que fue aceptado por la unanimidad en el Congreso Nacional”. Asimismo, confía en que se logre una apertura que posibilite el acuerdo político para la reforma al sistema electoral. Dicho consenso, precisó, se debe dar “particularmente en la derecha y al interior de la UDI”.

Respecto de la aprobación de las reformas constitucionales, el jefe de gabinete Vidal -en entrevista con Radio Cooperativa- señaló que “finalmente la historia avanza y lo que parecía imposible se hizo posible”. Además, destacó que ahora la Constitución tendrá un carácter republicano, ya que la firma del ex Presidente Augusto Pinochet será reemplazada por la de Ricardo Lagos “un Presidente elegido por el pueblo”.

Causas y efectos del sistema binominal

El sistema electoral binominal corresponde a un diseño deliberadamente sesgado que apuntó al doble propósito de impedir la participación de las fuerzas políticas que se definen por un cambio del sistema socioeconómico y político, herencia del trauma de la derecha con el gobierno de la Unidad Popular, y de asegurar la sobrerrepresentación, y por tanto el poder de veto, de las fuerzas conservadoras.

Hasta la fecha, ambos objetivos han sido cumplidos.

La combinación del sistema binominal con la absurda imposición de pactos electorales ha impedido que el Partido Comunista elija parlamentarios, a pesar de recibir en promedio más del 5% de los votos, y en casos individuales, como los de Gladys Marín, Jorge Insunza y Lautaro Carmona, arriba del 15% de las preferencias.

En términos funcionales, el PC se encuentra en una situación de exclusión equivalente a la que experimentó con la dudosamente célebre ley de Defensa Permanente de la Democracia, de 1948, que pasó a la historia bajo el nombre de “ley maldita”.

A la inversa, la imbricación de ambos factores ha subsidiado la representación de la derecha. En las elecciones de diputados de 2001, la derecha compuesta por la Unión Demócrata Independiente (UDI) y Renovación Nacional (RN), con un 38% de los votos eligieron 54 de los 120 diputados, es decir el 47% de los mismos, lo que en la práctica se traduce en 9 puntos adicionales de representación parlamentaria, sin respaldo popular.

Seguidamente, el binominalismo impone una competencia al interior de cada pacto, de la que normalmente sale elegido sólo uno de los dos candidatos.

Esto conduce a un sistema político petrificado en un empate catastrófico, donde la aprobación de cualquier iniciativa legal es imposible sin previos acuerdos de pasillo, ejemplo de lo cual son las propias reformas constitucionales incluidas en el paquete hoy acordado.

Democracia de baja intensidad

El sistema electoral binominal es una particularidad del caso chileno que tiende a reforzar el diseño de las democracias de baja intensidad que reemplazaron al ciclo de las dictaduras militares en América Latina.

En ese contexto, las elecciones se caracterizan por su irrelevancia e impotencia para reorientar las políticas gubernamentales, la asimetría y la escasa o nula transparencia del financiamiento de las campañas electorales, el acceso desigual a los medios de comunicación y la distorsión de la voluntad ciudadana, en virtud de amañados sistemas de representación, como el propio sistema binominal.

En tales condiciones, las elecciones no hacen más que teatralizar un simulacro democrático, donde todos los ciudadanos pueden votar, pero su participación rara vez es decisoria, y nunca decisiva, o para expresarlo en palabras del sociólogo argentino, Atilio Borón, se convierten en “un gesto ritual”, cargado de efectos reforzadores de la ilusión fetichista de la igualdad ciudadana, pero carentes de resultados concretos en el nivel de las políticas estatales.

Si la oferta electoral está viciada porque no presenta alternativas reales sino una mera alternancia de nombres y partidos que responden a los mismos intereses fundamentales, entonces el silencio del pueblo se consuma dialécticamente en la vocinglería del comicio.

Se remueven los enclaves autoritarios y se mantiene la exclusión

En ajedrez se denomina gambito a una jugada distractiva, que sacrifica una pieza a cambio de una posición estratégicamente superior. Es exactamente el caso de las reformas constitucionales acordadas por la derecha y la Concertación.

En lo sustancial, dichas reformas, que tienden más a petrificar el sistema político que a mejorarlo, establecen la eliminación de los senadores designados y vitalicios, el término de la inamovilidad de los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas y una reducción de las atribuciones del Consejo de Seguridad Nacional, que pasa a ser un órgano asesor, de carácter consultivo, el que sólo puede ser convocado por el Presidente de la República, o en casos fundados, por los presidentes del Senado y la Corte Suprema.

En un segundo nivel de importancia, dicho acuerdo político rebaja la duración del período presidencial de seis a cuatro años y determina que su elección se efectuará simultáneamente con los comicios parlamentarios; fija la dotación senatorial en 38 circunscripciones de carácter territorial; modifica la composición y atribuciones del Tribunal Constitucional y amplía las facultades fiscalizadoras de la Cámara de Diputados.

Cortina de humo

Hay dos reformas que merecen un análisis más detenido, por cuanto pudieran presentarse como un avance hacia la democratización del sistema político, pero que en una visión de contexto, o se agotan en la retórica y la irrelevancia, o dejan las cosas exactamente donde están.

Ejemplo del primer caso es la disposición que elimina el rol de garantes reservado a las Fuerzas Armadas y de Orden. Como la inamovilidad de los Comandantes en Jefe de las FF.AA. y su participación política en el Consejo de Seguridad Nacional constituían la encarnación práctica de dicho rol, su eliminación no es más que el reconocimiento formal a una situación de hecho.

Sin perjuicio de que los negociadores se las arreglaron para conservarlo de contrabando en virtud de la cual los órganos del Estado, entre ellos las Fuerzas Armadas, tienen entre sus misiones, “garantizar el orden institucional de la República”.

Al segundo caso pertenecen dos modificaciones cosméticas al procedimiento de reformas constitucionales, tales como la eliminación del trámite de aprobación por el Congreso Pleno, y su sustitución por el trámite de aprobación de una comisión mixta bicameral.

En rigor, la Constitución no perdió ninguno de los atributos que le asignan una extraordinaria rigidez para su reforma, toda vez que se mantienen incólumnes tanto los elevados quórums en cada cámara, de 3/5 o 2/3, según el caso, como el propio sistema electoral binominal.

Esencia antidemocrática

Las fuerzas políticas extraparlamentarias han levantado la consigna “No a la exclusión.” Aún cuando se ajusta al horizonte de las posibilidades tácticas, en un sentido más amplio puede aparecer restrictiva, puesto que su término opuesto es la inclusión, en circunstancias de que el objetivo estratégico no puede ser otro que el de acumular fuerzas para imponer una Asamblea Constituyente que desmantele las bases institucionales de la actual Constitución y su sistema de democracia representativa, y la reemplace por un nuevo orden institucional que restituya la potestad de la soberanía popular e instaure un sistema de democracia participativa.

Las reformas acordadas entre la derecha y la Concertación preservan la esencia antidemocrática de la Constitución, no sólo porque mantienen los mecanismos de exclusión política, sino también su inspiración autoritaria, expresada en un presidencialismo exacerbado; las bases del modelo neoliberal, manifestadas en la preeminencia de los derechos individuales y de propiedad sobre los derechos colectivos y sociales, y la incautación del principio de la soberanía popular, desnaturalizado por el artículo 5° del actual texto constitucional, en virtud del cual la soberanía “reside esencialmente en la Nación”, en lugar del pueblo, su legítimo poseedor.

Cada uno de estos aspectos amerita un análisis pormenorizado.

Consagración de la exclusión

De entrada, la exclusión resultante del sistema binominal, complementada con la exótica imposición de pactos electorales, contraviene expresamente lo dispuesto en el artículo 21° de la Carta de las Naciones Unidas, que establece el derecho a la participación política por medio de representantes libremente escogidos, en condiciones de igualdad, y reconoce a la voluntad del pueblo como base de la autoridad del poder político, la que se ejerce por medio del sufragio universal, libre, igualitario e informado.

Enseguida, para ser legítimamente democrático, el sistema político de un país debe permitir el libre despliegue de la representación de su diversidad política, cultural y social y no limitarse a privilegiar la de sus elites, habitualmente empeñadas en la defensa de intereses minoritarios o corporativos.

Esto es aún más válido en el caso de Chile, donde la aprobación del texto constitucional adolece de una irreparable ilegitimidad de origen.

En tercer lugar, la representación plural tiene en Chile una legitimidad histórica, forjada en prolongadas, y a menudo sangrientas, luchas de un movimiento popular que ha canalizado lealmente sus demandas dentro de los márgenes del sistema institucional.

Los míopes epígonos del binominalismo parecen no reparar en el hecho de que obstruir esa participación implica una incitación a exigirla por otros medios.

Los partidarios del binominalismo fundan su defensa en el hecho de que ha consolidado dos bloques mayoritarios, que han contribuido a la gobernabilidad del país.

En primer término, la gobernabilidad no es un atributo librado a la decisión ilustrada, sino el resultado del contrato democrático libremente aceptado por los gobernados.

Enseguida, la gobernabilidad, y por tanto la estabilidad de un sistema político, depende de la interacción de una gama de complejos factores, tales como el tipo de Estado que se haya construido, la expansión del sufragio universal, el carácter del conflicto capital-trabajo y las profundidad que haya alcanzado la democratización del sistema político.

En un estado democrático, es el ciudadano el que decide cuáles partidos tienen existencia política y no el legislador.

Estos factores no se pueden regular por decreto, así como tampoco se le puede colocar artificiales barreras de entrada a la participación de partidos políticos o representaciones sociales, a riesgo de la desnaturalización del sistema democrático y el deterioro del sistema político, que pierde su capacidad de procesar contradicciones y conflictos inherentes a sociedades de clases.

Las razones de las reformas

Veinticinco años después, cuando la consolidación del proyecto parece asegurada, básicamente por la aquiescente cooptación, colonización, cooperación, o como quiera llamarse al cómplice comportamiento de la Concertación, la derecha política se avino a la supresión de esos enclaves autoritarios, menos por profesión de fe democrática que por la comprobación de su escasa utilidad práctica y su improbable sustentación en el tiempo, sin perjuicio de que retuvo la llave maestra que le permite el control del sistema político basado en la exclusión, y se aseguró la intangibilidad de las bases esenciales del modelo socioeconómico fundado en la mercantilización de las relaciones sociales y la privatización de las relaciones sociales de producción.

Ejemplos de la extraordinaria autonomización del sistema político en tales condiciones, son la aprobación del TLC con Estados Unidos, la desnacionalización del cobre o la continuación del proceso de privatizaciones, decisiones adoptadas por el parlamento binominal no sólo al margen del debate democrático, lo que sería mucho decir, sino que sin que los chilenos apenas sospechen sus alcances y consecuencias.

Por el conjunto de los antecedentes expuestos, las reformas constitucionales aprobadas, no pueden calificarse sino como irrelevantes, al tiempo que el cacareo mediático que intenta revestirlas de legitimidad democrática, no pasa de ser una calculada operación de propaganda política y desinformación.

Las fuerzas sociales y políticas que se definen por el cambio de sistema no deben confundirse. La actual Constitución no es susceptible de reforma.

Por definición, parches y remiendos no pueden atribuirle propiedades democráticas extirpadas en su origen y negadas en su esencia.

El objetivo estratégico probablemente sea proponer una batalla política, ciertamente dura y probablemente prolongada, en demanda de una Asamblea Constituyente capaz de iniciar la transición hacia un nuevo ordenamiento institucional, que restituya la potestad de la soberanía popular y construya las bases de una democracia de mayorías, avanzada, participativa y popular.

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