Un paro general como el dispuesto por la CGT debe ser analizado en la multiplicidad de motivos que lo justifican.
Aumento de la desocupación, apertura indiscriminada de la economía sin preservar las producciones locales y políticas recesivas seguramente figuren como los principales reclamos de las organizaciones que lo convocan.
En este artículo se profundiza sobre una de esas cuestiones: la idea de flexibilizar el trabajo de los argentinos interviniendo en las negociaciones colectivas de trabajo.
Es que la fuerza política gobernante en nuestro país ha comenzado una especie de experimento para terminar -o al menos modificar radicalmente- el sistema de negociaciones colectivas, reactivado a partir de 2004 como forma de mejoramiento salarial y redistribución del ingreso.
Son varias las estrategias que se ha dado el Estado Nacional para lograr su único objetivo: desregular el mercado laboral, bajar los costos empresarios y atraer inversiones ficticias.
Pero como el oficialismo no cuenta con mayorías legislativas que le permitan cumplir aquélla meta mediante modificaciones legales de fondo, avanza interviniendo activamente en el seno de las discusiones salariales.
Esto no es una novedad, ya que el sistema de “convenciones colectivas de trabajo” ha sido motivo de pujas sectoriales entre el sector empresarial y el movimiento obrero organizado desde su implementación en 1953. Su aplicación no ha sido pacífica e incluso ha sido suspendida durante todos los períodos dictatoriales.
«¿Cuánto modifica la discusión de la distribución de la renta cuando el Estado, cuando la fuerza pública y simbólica del “leviatán” está puesta en evitar que se celebren paritarias ventajosas para los trabajadores?»
Al regreso de la democracia, la Convenciones Colectivas de Trabajo (en adelante CCT) fueron restituidas a regañadientes por el gobierno radical, para luego ser modificadas durante los gobiernos neoliberales de Carlos Menem y Fernando de la Rúa, en este último caso con uno de los escándalos de corrupción más groseros que hayan salido a luz: la sanción de la llamada “Ley Banelco” mediante sobornos en el Senado de la Nación.
En ambos períodos se intentó que las CCT dejen de tener eficacia redistributiva, dejando que el sector del capital sea el principal ordenador social.
Las principales características que le han dado fuerza a nuestro sistema de discusión de condiciones de trabajo han sido: a) la centralidad de la discusión entre el Estado Nacional y los gremios con personería gremial, b) la aplicación del principio de ultraactividad que implica darle operatividad a los convenios colectivos aunque algunas de sus cláusulas se encuentren vencidas, de forma tal que dicho vencimiento no pueda ser utilizado por el sector empleador para forzar el cierre de la discusión y c) la exclusión sistemática de claúsulas que aten las condiciones laborales a la productividad.
En lo que va del año, con los tres grandes conflictos paritarios que tomaron estado público -el conflicto docente, el bancario y el de los petroleros de Vaca Muerta- el gobierno intentó modificar cada una de esas características.
Paritaria docente. El Estado Nacional ausente. La descentralización del conflicto por omisión
Veamos un ejemplo. El sistema paritario nacional docente surge de una interpretación armónica de las leyes 26206 de Educación Nacional y la 2607, en las cuales el legislador revitaliza el rol del Ministerio de Educación Nacional, con una mirada integral de país en contra de las políticas llevadas adelante en los años noventa, destinadas a que cada jurisdicción negocie individualmente de acuerdo con sus capacidades locales y el poder de fuego de sus sindicatos, vaciando así las funciones del gobierno nacional.
Esa mayor participación del Estado, con una mirada federalista de la educación, implica también la obligatoriedad de discutir la paritaria nacional docente. Así surge expresamente del artículo 67 de la ley de Educación que consagra el derecho de los docentes de todo el territorio a un salario digno (inciso h) y a la negociación colectiva nacional (inciso l).
Luego, en la ley de financiación de la educación, el artículo 10 dispone que “El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, juntamente con el Consejo Federal de Cultura y Educación y las entidades gremiales docentes con representación nacional, acordarán un convenio marco que incluirá pautas generales referidas a: a) condiciones laborales, b) calendario educativo, c) salario mínimo docente y d) carrera docente.
A pesar de una manda expresa de estas leyes, el gobierno nacional se desentiende del asunto y espera que el tiempo de los chicos fuera del aula y el trabajo de los medios de comunicación hagan el trabajo y los docentes pierdan la batalla.
“Debemos leer el conflicto docente como un modelo, una maqueta de lo que quiere el oficialismo para todos los sectores productivos”
Pero la fuerza gobernante no asumiría ese costo político, que incluso puede tener una repercusión electoral, si fuera solamente una cuestión económica sobre el salario de los docentes. ¿Acaso no paga casi religiosamente cada vez más planes sociales para contener la pobreza en aumento? ¿La reciente inversión en armamento para una hipótesis de conflicto bélico que desconocemos no demuestra que la discusión no es económica?
Insisto con esto: la importancia del conflicto docente radica en que el ejecutivo nacional experimenta cómo funcionarían las luchas sindicales paritarias sin la participación activa del Estado o incluso si éste vuelca su poder en intentar que esas paritarias no se realicen.
En una primera instancia, el gobierno opera por omisión y con la influencia en los medios de comunicación para quebrar la voluntad de los trabajadores; pero todo parece indicar que incluso podrían usar la fuerza directa sobre manifestaciones, a juzgar por las declaraciones de los responsables del Ministerio de Seguridad.
Debemos leer el conflicto docente como un modelo, una maqueta de lo que quiere el oficialismo para todos los sectores productivos.
Naturalmente, sabemos que no todos los conflictos se resolverían de igual manera y que la solución dependerá de la fuerza que posea cada organización sindical sectorial para forzar la discusión paritaria. Pero sin lugar a dudas se instala un patrón distinto al inaugurado en el 2004. Esta postura institucional va acompañada de la instalación mediática de la necesidad de modificar los convenios colectivos de trabajo -por ser antiguos- presentándolos como el principal óbice para que lleguen las ansiadas inversiones extranjeras. A su vez, la estigmatización de los dirigentes sindicales es un proceso social impulsado por los medios hegemónicos y “los otros”, y ambos resultan siempre funcionales a este experimento de «vivir sin paritarias».
Ahora bien, esa ausencia del Estado es premeditada y seguramente sea el comienzo de una descentralización de la discusión paritaria en cada conflicto en el que este sea posible, ya que apunta directamente al núcleo estratégico de nuestro modelo sindical: la discusión por ramas nacionales de la actividad.
El caso de los bancarios
Este nuevo modelo tiene su hito fundante en el conflicto docente y un antecedente inmediato en el ámbito privado expresado en el sector bancario en el cual, a pesar de que el gremio logró un acuerdo paritario para la actividad, el Ministerio de Trabajo se negó a homologarlo y debió ser la justicia finalmente la que lo haga, con el consecuente pedido de juicio político para los magistrados que no fueron funcionales a la instalación de un nuevo marco de negociaciones.
¿Cuánto modifica la discusión de la distribución de la renta cuando el Estado, cuando la fuerza pública y simbólica del “leviatán” está puesta en evitar que se celebren paritarias ventajosas para los trabajadores?
El experimento consiste en modificar estas dos condiciones. En un primer momento retirar al Estado de la discusión (o ponerlo de lleno a favor del sector empresario), pero luego, con un discurso modernizador del sector del trabajo, terminar con la aplicación indefinida de las cláusulas obtenidas en un convenio cuando no se celebra uno nuevo.
“Por ahora las mayorías legislativas no le permiten al gobierno realizar modificaciones sustanciales al régimen laboral de fondo, pero por otras vías puede desregular la protección que los trabajadores han alcanzado mediante sistemas paritarios”
También, la receta neoliberal indica que una forma de terminar con la fortaleza sindical al tiempo de negociar convenios por actividad, es fomentar desde el Estado la celebración de convenios por empresa y, si es posible, introducir cláusulas que vinculen el crecimiento salarial a condiciones de productividad.
De esta forma, se modifica el marco regulatorio del derecho laboral sin necesidad esta vez de modificar la normativa vigente, como se quiso hacer con la llamada «Ley Banelco», de flexibilización laboral.
Por ahora las mayorías legislativas no le permiten al gobierno realizar modificaciones sustanciales al régimen laboral de fondo. Pero por otras vías puede desregular la protección que los trabajadores han alcanzado mediante sistemas paritarios.
Convenios atados a la productividad
El tercer ejemplo concreto es la introducción de cláusulas flexibilizadoras para los empleados de los yacimientos no convencionales de gas y petróleo en Vaca Muerta. Los convenios firmados, presentados con bombos y platillos por el gobierno nacional, inauguran un formato novedoso en el que se pone por delante la reducción de costos para fomentar la inversión. Se modifican condiciones laborales actuales con la expectativa de que lleguen nuevas inversiones.
Se abre entonces un panorama complicado para los trabajadores, quienes deberán sortear con fuerza y con astucia este experimento que pone todos los recursos del Estado en desregular el sector del trabajo con el fin de bajar los costos laborales y mejorar la renta de los sectores concentrados de la economía.
Los tres ejemplos de procesos paritarios paradigmáticos sirven para entender cómo el Poder Ejecutivo piensa debilitar los procesos en los cuales se pueda redistribuir riqueza.
De más está decir que estas recetas ya han sido probadas en Argentina por gobiernos de diferente signo político y ha quedado demostrado que la baja de los costos laborales no es una garantía para que se aumenten las inversiones productivas.
El traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo
Ante este escenario resulta fundamental considerar la importancia del desempeño que deberá tener la Justicia Nacional del Trabajo, con el fin de hacer cumplir de forma expedita los procedimientos de negociación.
Tal vez sea éste uno de los motivos por los cuales desde el oficialismo se impulsan proyectos que pretenden vaciar de contenido el fuero laboral, para crear una justicia “propia” que sea una de las patas claves del experimento precarizador.