Autonomía porteña: ¿federalismo o fragmentación nacional?

“El traspaso de la justicia nacional al ámbito de la ciudad de Buenos Aires constituye un hecho que merece una especial atención por su impacto en la organización del país”

El traspaso de la justicia nacional al ámbito de la ciudad de Buenos Aires constituye un hecho que merece una especial atención por su impacto en la organización del país. Detrás de esto anida una cuestión central para el desarrollo productivo y del perfil del proyecto de nación a realizar, relativo a la relación entre la Capital Federal y el resto del país. Su comprensión nos obliga a ahondar en cuestiones fundamentales de nuestra historia, las cuales no parecen estar presentes al momento de reflexionar, por lo que el problema pasa a ser uno de alcance nacional y no meramente local. No es un problema de nosotros los porteños nada más, sino de todos los argentinos.

 

Se procura -hace tiempo en verdad- que la Ciudad de Buenos Aires asuma la administración de justicia actualmente a cargo de la Nación, mediante convenios de transferencias entre la Nación y el estado local. Los convenios -firmados en el veraniego mes de enero- empiezan por los tribunales en lo penal y de las relaciones de consumo pero la intención, ya puesta de manifiesto en varias oportunidades con marchas y contramarchas en los últimos años, alcanza a la totalidad de los fueros nacionales aunque requiera de la ratificación tanto de la legislatura local como del Congreso. Esto último obliga a posicionarse a los representantes de las provincias en defensa de sus intereses.

 

Los gremios judiciales, con razón, han alertado acerca de la pérdida de derechos de los trabajadores, en lo relativo a horario, salarios, jubilación, obra social y condiciones de trabajo en general, todo lo cual se presenta como regresivo. A la vez, se ha puesto el foco rojo acerca de las consecuencias institucionales, en orden a la designación y remoción de jueces y funcionarios, cuya facultad quedaría a cargo del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires que con mayoría simple, hoy oficialista, alcanza para nombrar y removerlos.

 

El caso de la liquidación de la justicia nacional en lo laboral es el que más prende la luz de alerta, por las importantes consecuencias sobre los derechos de los trabajadores. La asunción de la jurisdicción laboral por parte de los jueces de la ciudad implicaría una revisión del modo de interpretar las leyes, por lo que sería una manera de implementar la flexibilización laboral, por el predominio de la ideología liberal conservadora y propatronal en la jurisdicción porteña, como lo ha precisado el Encuentro Permanente por el Derecho del Trabajo la Defensa de la Justicia Laboral de 2016, integrado por importantes asociaciones de abogados laboralistas y especialistas. Las relaciones de trabajo de millones de personas que habitan el área metropolitana, con centro en la Capital Federal, así como las posibilidades de reclamar por sus derechos, es de indudable interés nacional, e incluso de las provincias por la vida de sus paisanos residentes en la capital.

 

También destaca la asunción de la justicia en el ámbito de las relaciones de consumo, cuya puesta en funcionamiento ya había sido impedida por las propias autoridades jurisdiccionales locales. Su normativa antimonopolio y a favor de las desconcentración del circuito comercial, de recurrente preocupación por, justamente, el sector empresarial monopólico y concentrado. El mismo interés nacional puede predicarse respecto del consumo masivo de bienes y servicios por parte de personas que habitan de un lado y del otro de las líneas divisorias de jurisdicción.

 

A todo esto se le suma el control del subterráneo, la sustitución de la policía federal por la metropolitana, el proyecto para transferir el Registro de Propiedad Inmueble de la Nación y la Inspección General de Justicia, así como el reciente pedido, en diciembre pasado, de transferir el puerto de Buenos Aires a la órbita porteña, en lo que es una estrategia de relanzamiento de la denominada autonomía porteña.

 

En fin, todas estas medidas van en dirección conjunta de fortalecer el poder de las autoridades porteñas, por medio de debilitar al poder nacional -y por ende la participación en éste de las provincias- en el ámbito de la Capital Federal, en desmedro de las condiciones para implementar una política nacional. Por eso no es casualidad que se concrete justo cuando una fuerza política porteñista conduce la Nación. Todo eso es en nombre del federalismo y la autonomía porteña, que la reforma de la Constitución Nacional en 1994 le habría dado a la ciudad puerto y el apoyo que le dio la Corte de Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “Corrales”, en la significativa fecha de 9 de diciembre de 2015.

 

La reforma constitucional de 1994 dispuso, además de la provincialización de los recursos del subsuelo en nombre de un equívoco federalismo, el artículo 129 que dice: «La ciudad de Buenos Aires tendrá un régimen de gobierno autónomo, con facultades propias de legislación y jurisdicción, y su jefe de gobierno será elegido directamente por el pueblo de la ciudad. Una ley garantizará los intereses del Estado nacional mientras la ciudad de Buenos Aires sea capital de la Nación». La ley 24588 (la ley Cafiero) fue sancionada un año después de la reforma constitucional, con el fin de garantizar “los intereses del Estado Nacional en la ciudad de Buenos Aires, mientras sea Capital de la República, para asegurar el pleno ejercicio de los poderes atribuidos a las autoridades del Gobierno de la Nación”, por la que se mantenía varias funciones en el ámbito nacional, entre ellas la administración de justicia nacional.

 

¿Unidad o fragmentación? ¿Capital federal o ciudad autónoma?

El alcance de una supuesta autonomía porteña está limitada fuertemente por el interés nacional existente en la regulación normativa y contralor de las principales relaciones sociales que se despliegan en el área metropolitana, que incluye a los lindantes partidos del conurbano de la Provincia de Buenos. La ciudad puerto metrópoli es sede de las firmas comerciales más importantes del país, de las multinaciones que concentran la alta industria y el comercio exterior, de las financieras y principales bancos, de los medios de comunicación hegemónicos, y, principalmente, el espacio donde trabaja, vive y circula el núcleo de la mayor masa trabajadora del país. Es también la sede de las autoridades nacionales, de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, cuya seguridad, al menos, debe estar a cargo de fuerzas nacionales, y del puerto más importante del país que funciona como eje del mercado exterior. Dueña de una cultura eurocéntrica con el propósito de irradiar mesiánicamente hacia el resto del país en forma de falsa civilización, que hoy se transmite por vía de los multimedios.

 

En el caso de la IGJ, su función es la de ejercer las funciones de autoridad de aplicación, control y registración de las sociedades comerciales constituidas en la ciudad de Buenos Aires, entre ellas de las sociedades off shore, por lo que cuenta con información sensible para detectar evasiones y fraudes económicos. Pero el caso del traspaso a la ciudad del puerto de Buenos Aires reviste una especial gravedad: es el puerto más importante del país, el único que queda en poder del Estado nacional después de la Ley de Puertos de 1992, es el responsable de garantizar la comunicación de las diferentes regiones del país con el mercado externo, el eje de la cuenca del Plata, que opera con la mayor cantidad de mercancías por exportación e importación y fuente de una recaudación de miles de millones de dólares al año.

 

La declamada autonomía porteña tiene actualmente, así, el mismo significado que tuvo a la largo de la historia, cuando el centralismo porteñista invocaba en el siglo XIX el argumento del federalismo para defender sus privilegios particulares, como explicaba Alfredo Terzaga, el historiador cordobés: “nada de organización si es que la organización tenía que ser federal; nada de capitalización de la ciudad; nada de libertad de los ríos; nada de nacionalización aduanera”; en cambio, “cada vez que en Buenos Aires apareció un movimiento o una actitud de carácter ‘federal’ (Tratado del Cuadrilátero, Santa Federación, entre otros), lo fue para aferrarse al puerto, bajo el manto federal, a los mismos privilegios y exclusivismos que defendiera bajo la cubierta del unitarismo” (en Historia de Roca, Peña Lillo, Buenos Aires).

 

Esta oportuna actitud federal renació en 1994, amagó durante los últimos años y tomó envión en la actualidad, con esta renovada vocación por la autonomía. Se trata de un trazo largo en la historia argentina que continúa en el presente, avivando los aires de cambio regresivo y de fragmentación nacional, de la mano de un neoliberalismo desintegrador de los lazos comunitarios en las bases sociales. No es necesario un regreso a la secesión de1854, sino que alcanza, como en 1862, con sustraer a la Capital Federal de la dirección política del poder nacional y por ende de la posibilidad de compartir el destino del resto de los argentinos: sería, sin exagerar, un retroceso al tiempo anterior a 1880 cuando se federalizó la ciudad de Buenos Aires, tras el combate de Los Corrales, Puente Alsina y Parque de los Patricios.

 

La autonomía porteña así entendida es un factor de debilitamiento del poder nacional y de la posibilidad de sostener una política de autodeterminación y soberanía nacional. Es una modificación esencial en la organización del país, que opera como un reaseguro, presente y futuro, para el modelo oligárquico conservador, y un obstáculo estructural para avanzar en un desarrollo productivo integral, democrático y federal. Por eso, lejos de algún anacronismo, otra vez el país se encuentra en la disyuntiva histórica de debatir el sentido de la autonomía de la única ciudad-metrópoli con que cuenta, en los términos precisos y concretos de unidad o fragmentación nacional. Nosotros, los porteños, deberíamos tener presente esa enseñanza primera para nuestra América, que indica a la unidad como el único ejercicio de autonomía posible. O lo que es lo mismo, hacer nuestro el consejo de un bonaerense del siglo XIX: los hermanos seamos unidos o nos devoran los de afuera.

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